El reconocido abogado penalista Luis Lamas Puccio se refirió a la reciente sentencia condenatoria impuesta a la expareja presidencial Ollanta Humala y Nadine Heredia, quienes fueron sentenciados a 15 años de prisión por el delito de lavado de activos en relación con los aportes ilícitos al Partido Nacionalista durante las campañas de 2006 y 2011.
Lamas Puccio consideró que esta decisión representa un “hitó significativo” en la lucha contra la corrupción, no solo por el perfil de los implicados, sino por el enfoque detallado con el que se abordaron las imputaciones y los elementos probatorios.
“Esta sentencia marca un hito importante en cuanto al rol que ha tenido la política en el manejo del tema de la corrupción. Es una decisión que sustenta y explicita con claridad una serie de acuerdos entre personas que, con fines personales o corporativos, se pusieron de acuerdo para recibir dinero ilícito”, explicó el letrado durante una entrevista en Exitosa Noticias.
Asimismo, valoró el desempeño de la jueza encargada de la lectura de la sentencia, quien —según afirmó— mostró precisión, claridad y síntesis en la exposición de los fundamentos que sustentan el fallo.
“La magistrada ha tenido la destreza de poder explicar, de manera clara y detallada, el razonamiento que ha utilizado la sala para arribar a esta decisión. Aunque hay discrepancias, el nivel de exposición ha sido notable”, comentó Lamas Puccio.
La sentencia contra la expareja presidencial incluye también penas para otros implicados en el caso, como Ilán Heredia y Mario Torres Aliaga, y forma parte de los procesos derivados del caso Lava Jato en el Perú.
De otro lado, el abogado penalista César Nakazaki calificó de «error» que el examandatario Ollanta Humala haya sido encarcelado tras la lectura del adelanto de fallo por el caso de aportes a su campaña. El jurista precisó que, para que se configure propiamente una sentencia, esta debe ser leída íntegramente y notificada.
«El juzgado es un juzgado honesto, solvente. El juicio se llevó correctamente. Pero quiero determinar como un error que, sin sentencia (dice el Código que la sentencia existe cuando se lee íntegramente y se notifica), hayan privado de la libertad y se haya concretado en el caso del expresidente Humala. Ese es el error principal. Pero la sentencia recién va a existir jurídicamente el día que se lea completa y ahí podremos evaluar por qué las donaciones electorales son lavado de activos», dijo.