El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó el reglamento que contiene las exigencias a las que deben ceñirse los candidatos a la Presidencia, Congreso y Parlamento Andino en 2026 con relación a la declaración jurada de hoja de vida que deben presentar de manera obligatoria.
En este documento se deberá consignar, entre otra información, las sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos, sentencias firmes por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales y laborales, o por incurrir en violencia familiar.
El ente electoral informó que omitir información “da lugar al retiro del candidato hasta 30 días antes de la elección y se remiten copias de lo actuado al Ministerio Público”.
El sorteo de miembros de mesa será el 29 de enero de 2026. Contemplará la designación de 9 miembros y no 6, como en comicios anteriores. El cargo es irrenunciable.
El especialista en derecho electoral Luis Alberto Sánchez dijo a Perú21 que la hoja de vida que deberán presentar los candidatos en 2026 “sí tendrá una sección específica para declarar expresamente la titularidad de acciones y participaciones”.
Ello, continuó, evitará confusiones como la ocurrida con el expresidente Martín Vizcarra, quien en 2021 fue excluido como candidato al Congreso al omitir el 30% de participación que tenía en la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A.
Sánchez también mencionó que en 2026 se retirará a un candidato “solo por omisión de declarar sentencias condenatorias”. En 2021 también se excluía por sentencias por obligaciones alimentarias, violencia familiar, entre otros.
Anotó que, a diferencia de la elección anterior, ahora el JNE está obligado a extraer información de los registros de entidades públicas. Antes se señalaba que debía recabar estos datos “en la medida de lo posible”.
Finalmente, el también especialista en derecho electoral José Naupari Wong indicó a Perú21 que “los cambios producto de las modificaciones legislativas, hacen inviables las exclusiones”.
“Solo podrías excluir a un candidato por información que no obre en un registro público (de otra entidad) al cual se puede acceder por interoperabilidad. Ahí hay un problema. Es decir, si un candidato no consigna determinada información, pero esta información sí está en otro registro de otra entidad pública, no será excluido”, lamentó.
El secretario general de Transparencia, Omar Awapara, sostuvo que las coaliciones son necesarias para reducir la desmedida oferta electoral. Por su parte, el secretario del PPC, Javier Bedoya Denegri, indicó que “han avanzado” en las conversaciones con partidos de centro-derecha. Partidos pro castillistas quedaron fuera de juego.
Obligatorio. Candidatos deben indicar sus experiencias laborales, estudios, trayectoria de dirigente partidario, renuncias a otros partidos políticos y declaración de bienes y rentas.
Multa. Los que omitan datos serán pasibles de una sanción de entre 1 y 10 UIT (es decir, entre 5,150 y 51,500 soles, según la UIT vigente).
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