A solo días de que Azul Azul celebre su junta ordinaria de accionistas, todo indica que la asamblea estará marcada por el Caso Sartor y sus ramificaciones en la concesionaria del club deportivo Universidad de Chile.
Actualmente, el Grupo Sartor -cuya AGF está intervenida por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF)- busca destrabar una medida judicial que pesa sobre gran parte de la propiedad de la sociedad.
El martes 22 de abril, Sartor Administradora de Fondos de Inversión Privados (Sartor AFIP), filial del grupo que no está en liquidación por la CMF, opuso excepciones en contra del embargo de las acciones de Azul Azul.
En las primeras semanas de este mes, poco más de 23,81 millones de títulos de la serie B de la concesionaria, en manos del fondo de inversión privado (FIP) Tactical Sport, fueron retenidos por el 17° Juzgado Civil de Santiago. La medida se tomó luego de que Inversiones Cerro El Plomo SpA, sociedad subyacente de dos vehículos públicos de la intervenida Sartor AGF, acusó una millonaria deuda morosa.
En su demanda, representada por el liquidador de Sartor AGF, Ricardo Budinich, denunció que el FIP adeudaba más de $ 7 mil millones a la entidad.
Representación inválida
11 días después, Sartor AFIP presentó ante el tribunal sus argumentos para revertir el embargo, apuntando a la imposibilidad de la intervenida gestora de representar a Inversiones Cerro El Plomo, además de que se tratarían de pagarés ideológicamente falsos.
Según la demanda de cobro, Inversiones Cerro El Plomo SpA sería representada legalmente por Sartor AGF. Este fue uno de los primeros aspectos reclamados por Sartor AFIP y sus abogados.
A juicio de Grupo Sartor, lo anterior sería “especialmente raro, puesto que las AGF consisten en sociedades anónimas especiales que tienen por objeto único la administración de recursos de terceros”.
“Hasta que esto no se esclarezca parece evidente que la representación de la demandante impide que ésta pueda comparecer válidamente en juicio”, de acuerdo con el Código de Procedimiento Civil, añadió.
También apuntó a una presunta contradicción en el concepto de los dineros reclamados por Inversiones Cerro El Plomo y Sartor AGF.
“La demandante (Inversiones Cerro El Plomo) señala en cada uno de los tres pagarés -por los cuales concurre a demandar ejecutivamente- que los intereses se habrían capitalizado en cada caso, pero al momento de señalar las peticiones concretas de su acción, señala nuevamente que el monto total sea pagado ‘más los intereses pactados’, como si no hubieran, en todos los casos, sido capitalizados en las renovaciones que cita de los pagarés”, apuntó el texto.
Pagarés
De esta forma, según Grupo Sartor, la deuda entre el FIP Tactical Sport e Inversiones Cerro El Plomo, “no estaría acreditada en forma alguna, puesto que no hay pruebas de que el pagaré suscrito por parte de quienes se acredita supuestamente su firma, hubiera tenido los poderes para representar a Sartor AFIP”.
Precisamente, quienes aparecen firmando el respectivo pagaré son el socio de Grupo Sartor, Pedro Pablo Larraín Mery, y el exejecutivo de Sartor AGF, Fernando Urrutia.
“Estas personas son diferentes de los representantes actuales de Sartor AFIP, que ahora Cerro El Plomo atribuye la representación de esta parte demandada”, señaló Sartor AFIP.
Es por esto que Grupo Sartor denunció que se trataría de títulos ideológicamente falsos, ya que “la suscripción del pagaré fue realizada por quienes no habrían tenido poder para representar a Sartor AFIP y, por tanto, a FIP Tactical Sport”.
“Es claro que la obligación debe ser anulada”, concluyó.