Todo se puede en la Constitución si se sabe interpretar adecuadamente.

El nuevo activismo presidencial es el activismo constitucional. Absortos en la idea de que la Constitución es una especie de texto mágico que tiene propiedades místicas con las que cualquier cosa que se escriba en ella, se vuelve realidad, la edición vespertina de este lunes publicó nuevas reformas constitucionales.

En la publicación en el Diario Oficial de la Federación del pasado 2 de diciembre, se incorporaron reformas constitucionales en materia de vivienda, bienestar social y protección animal. El encabezado de la nota es genial y probablemente dará algo de gusto a los desprevenidos. ¿Realmente todo cabe en la Constitución? ¿Los animales tendrán derechos mientras que los humanos perdieron el derecho de acceder a la información? Enero le llegó anticipadamente al gobierno cuatroteísta y han hecho de la Constitución una lista de propósitos cargada de obligaciones redundantes para el Estado. ¿Es correcto saturar la Constitución con disposiciones que, por su naturaleza, necesitan ajustes constantes y dinámicos?

El maestro Jorge Carpizo Burgoa, una de las mentes más brillantes del constitucionalismo mexicano, advertía que la Constitución como norma fundamental debe contener principios generales que orienten al Estado y no disposiciones que, para ser operativas, demanden reformas constantes. Este principio se basa en la rigidez de nuestra Constitución, diseñada para que las reformas requieran un procedimiento deliberativo y sólido que garantice estabilidad. Sin embargo, el panorama actual parece olvidar esta premisa, y la Constitución, en lugar de ser guía suprema, se está convirtiendo en un depósito de aspiraciones políticas y sociales. Lo malo no es eso, sino que se siente como vivir en el siglo XIX leyendo decretos que esperan cambiar de un plumazo la dinámica económica, como el encarecimiento de viviendas y material de construcción que en gran medida, obedece a dinámicas arancelarias, de escasez y de oferta.

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Por ejemplo. Entre las reformas, destaca la adición a la fracción XII del apartado A del artículo 123, que establece que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores deberá implementar un programa de eficiencia operativa para reducir costos. Si bien garantizar vivienda digna es una obligación del Estado, ¿realmente es necesaria una reforma constitucional para algo que debería resolverse a través de políticas públicas? Los costos operativos de una institución no deberían depender de una enmienda constitucional, sino de ajustes administrativos y normativos más flexibles. El objetivo principal es que más personas accedan a viviendas, aunque la barrera para hacerlo tenga más que ver con que los costos de la vivienda en Ciudades y zonas aledañas a principales espacios de trabajo sean elevados, mientras que los créditos limitados solo permiten a los derechohabientes comprar propiedades alejadas de sus comunidades y centros de trabajo, hasta con la necesidad de desplazare de entidad en caso de querer habitar su hogar.

La consecuencia: cientos de casas compradas con créditos Infonavit y Fovissste abandonadas. ¿Los costos de las viviendas deberían estar en una Constitución? Definitivamente, será letra muerta.

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Bienestar: la repetición del caos legislativo

En materia de bienestar, se reforma el artículo 4º para incluir la pensión no contributiva a personas mayores de 65 años y personas con discapacidad permanente. Sin embargo, apenas hace unos meses, ya se había garantizado constitucionalmente que los programas sociales fueran derechos adquiridos. ¿Qué sentido tiene reformar la Constitución dos veces para garantizar lo mismo?

El problema aquí no es el reconocimiento de derechos, sino la ineficiencia técnica del poder legislativo, agravada por el despido del personal especializado encargado de la técnica y armonía legislativa. Este caos ha permitido que la Constitución sea tratada como una varita mágica que, con solo incluir enunciados grandilocuentes, hace que los problemas desaparezcan. El hecho es que Morena parece confundir el plano normativo con el fáctico o al menos espera que los mexicanos lo hagan.

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El mismo decreto habla de maltrato animal, prohibiéndolo. No reconoce derechos de los ecosistemas, que son el hábitat de los animales ni plantea principios de equilibrio entre el consumo de animales y su mínimo estándar para vivir, menos sobre los animales en territorio nacional que son parte del tráfico ilegal desde el sur, a propósito de la crisis ganadera por la presencia del gusano barredor en país.

La reforma constitucional para prohibirlo y garantizar la protección y cuidado de los animales resulta innecesaria si consideramos que los ordenamientos secundarios, como las leyes locales y federales, son el espacio idóneo para desarrollar estos mecanismos. Si es que se busca castigar a quien maltrate a los animales, está el Código Penal listo para ser engordado. Si es que se busca prevenir el maltrato, ¿Acaso no los animales de la selva maya merecían no morir atropellados por maquinaria para un tren?

¿Qué debe contener una Constitución?

El constitucionalista Diego Valadés dice que una Constitución debe centrarse en los principios fundamentales que organizan al Estado, los derechos humanos básicos y las reglas esenciales del juego democrático. Todo lo demás pertenece al ámbito de las leyes secundarias. Si la Constitución es un documento rígido, saturarla con disposiciones específicas atenta contra su espíritu, su función y su propósito.

Cada reforma constitucional debería estar justificada en su generalidad, necesidad y viabilidad. Usar la Constitución como una lista de deseos solo genera incertidumbre jurídica, dificulta su aplicación y erosiona su autoridad como norma fundamental. Lo peor es que aquello que sí garantiza derechos como los organismos constitucionales autónomos y especializados, se despiden para dejar un Frankenstein normativo: disposiciones que, aunque bien intencionadas, carecen de cohesión, operatividad y técnica legislativa. O ya existen en la legislación o no son la vía para cambiar eso que se espera transformar.

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Los derechos sociales, el bienestar y la protección animal son causas justas, pero merecen mecanismos legislativos y administrativos más eficientes. La Constitución no debería ser un catálogo interminable de buenas intenciones; aunque la Constitución estableciera que se elimina la inflación ¿Los precios cambiarían? Es poco probable. Así de absurdo resulta esperar que por estas reformas, se termine el maltrato animal, la carencia de hogares asequibles y los programas sociales que son dependientes tanto de la capacidad presupuestal como de las instituciones ejecutoras. La presidenta debería dejar a la Constitución ser el marco sólido que permita que esas intenciones se conviertan en realidad a través de políticas públicas bien diseñadas y ejecutadas. Políticas Públicas que necesitan datos estadísticos, como los que solía ofrecer CONEVAL, para tener un punto claro de partida y lograr indicadores medibles.

En el afán de que todo quepa en la Constitución, corremos el riesgo de que pierda su esencia: ser la base que da estabilidad y sentido al Estado de Derecho. Pero bueno, todo cabe en la Constitución sabiéndolo acomodar. Después de todo, en tiempos de la 4T, la Constitución, como un vasito con agua, no se le niega a nadie.