Hasta $44,000 pesos de multa por incumplir con la declaración anual del SAT en 2025.

La declaración anual 2025 del Servicio de Administración Tributaria (SAT) está en curso y con ella viene el temor a las multas por presentarla fuera de tiempo, las cuales podrían llegar hasta los 44 mil pesos.

La declaración anual 2025 tiene como objetivo que el SAT verifique si el contribuyente está al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Al realizarla, se podrá verificar si hay impuestos pendientes de pago, pero también si se tiene derecho a una devolución en caso de tener saldo a favor, lo cual puede ser el aspecto más atractivo para cumplir con las contribuciones.

En cuanto a las multas por no presentar la declaración anual en 2025, según el Código Fiscal de la Federación, estas van desde mil 819 pesos hasta 44 mil 790 pesos. Estas multas buscan no solo que se realicen los trámites y reportes correspondientes, sino sobre todo que se hagan a tiempo.

En la declaración anual 2025 influyen los ingresos, gastos deducibles y retenciones del año anterior, por lo que no siempre se tendrá saldo a favor.

En cuanto a las fechas para presentar la declaración anual del SAT 2025, las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para hacerla, mientras que las personas físicas pueden presentarla del 1 al 30 de abril.

Todas las personas morales o empresas tienen la obligación de presentar la declaración anual 2025; mientras que las personas físicas solo deben hacerla cuando tienen actividades como arrendamiento o han ganado una cifra superior a 400 mil pesos.

En la declaración anual del SAT se incluyen a quienes están en diferentes regímenes, como el régimen general, el régimen simplificado de confianza, el régimen opcional para grupos de sociedades, el régimen de coordinados y el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

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Las personas morales sin fines de lucro también tienen un apartado especial para realizar su declaración anual, en la cual se les pedirá que determinen el “remanente distribuible” y la proporción que de este concepto corresponda a cada uno de sus integrantes.

Si no sabes cuál es tu régimen, puedes consultarlo fácilmente en el portal del SAT, simplemente teniendo a mano tu RFC y contraseña.

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